AGUA POTABLE | FALLO JUDICIAL
La Corte Suprema dejó firme la orden para que ABSA realice obras en Bragado
Después de más de una década de reclamos y actuaciones judiciales, quedó firme la obligación de ABSA de realizar las obras necesarias para mejorar la calidad del agua que se distribuye en Bragado. La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el último recurso presentado por la empresa y confirmó el fallo que exige avanzar con las intervenciones dentro de un plazo máximo de 180 días, equivalente a seis meses.
El proceso se originó en 2013, cuando vecinos de la ciudad acudieron a la Justicia ante la preocupación por la presencia de arsénico en el agua de red. Durante la causa se incorporaron análisis realizados por la Facultad de Bioquímica y Farmacia de la Universidad de Buenos Aires (UBA), que registraron concentraciones de hasta 0,07 miligramos por litro. En el expediente, el límite establecido para ese parámetro fue de 0,01 miligramos por litro.
La investigación también consideró otros componentes y características del agua, entre ellos nitratos, fluoruros y sólidos disueltos. Con base en los informes técnicos incorporados, la Justicia ordenó adoptar las medidas necesarias para que el servicio cumpla con los parámetros de calidad y potabilidad exigidos.
En 2021, un juzgado de Mercedes dispuso que ABSA iniciara las obras dentro de un plazo de 180 días. Esa decisión fue ratificada en las instancias judiciales posteriores: primero por la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de San Martín y luego por la Suprema Corte de Justicia bonaerense. Finalmente, la empresa llevó su planteo ante el máximo tribunal nacional.
ABSA sostuvo que la intervención judicial afectaba las facultades regulatorias de la Provincia de Buenos Aires y cuestionó que se le exigiera cumplir con parámetros que, según argumentó, excedían las normas aplicables. La Corte Suprema rechazó ese recurso, por lo que quedó firme la obligación de avanzar con las obras dispuestas en el expediente.
La Provincia también fue parte de la demanda, debido a su responsabilidad sobre el acuífero del que se obtiene el agua que abastece a la ciudad. La resolución judicial vuelve a poner en el centro de la discusión la calidad del recurso y la necesidad de adoptar medidas que garanticen condiciones adecuadas para el consumo domiciliario.
Con este pronunciamiento se cierra la instancia de apelación planteada por la empresa y queda vigente el plazo para iniciar los trabajos. La resolución no significa que las obras ya hayan comenzado: establece la obligación de ponerlas en marcha para responder a un reclamo que se extendió durante más de diez años y que tiene como eje el acceso de los vecinos de Bragado a agua segura.