Gremios docentes solicitan la suspensión de clases por las altas temperaturas
La Jefa Distrital de Educación habría manifestado que las clases no se pueden suspender
Gremios docentes de nuestra ciudad presentaron una nota a la Jefa Distrital de Educación, a los efectos de que se arbitren medidas urgentes por las altas temperaturas.
Autoridades de la Escuela Normal indican que la Jefatura de Educación habría manifestado que no se pueden suspender las clases. No obstante, allí y en la Secundaria 10 permitieron que los chicos se retiren una hora antes, también para evaluar la parte eléctrica de las instituciones por la sobrecarga del consumo.
Además, según hemos podido saber, padres de alumnos de la Escuela Normal se están poniendo de acuerdo para no mandar a sus hijos.
LA NOTA DE LOS GREMIOS (TEXTUAL)
A la Inspectora Jefe Distrital de Bragado
Prof. Ana Aguilar
Los que suscriben, María Eugenia Calderón, Mónica Alfonso, Viviana Molina, Jorge Rosales, Patricia Feloy y Carina Guillermo en nuestro carácter de Secretarios Generales de las entidades de FEB BRAGADO, SUTEBA BRAGADO, UDOCBA BRAGADO, SOEME, ATE a esa Inspección me presentó y digo:
I.- OBJETO
Que vengo por el presente a denunciar la falta de previsibilidad respecto de las condiciones edilicias para responder a las inclemencias climáticas, la ola de calor que afecta el distrito y la violación de los derechos y condiciones laborales consagrados en la ley 10579, en el Reglamento General de Instituciones Educativas y en la ley 18.587, y el derecho a la salud e integridad de los niños, niñas y jóvenes, tal como quedará acreditado con los fundamentos de hecho y de derecho que seguidamente expondré:
II.- ANTECEDENTES y FUNDAMENTOS:
Que, como es de su conocimiento, con motivo de la ola de calor que afecta el distrito y las deficiencias edilicias que implican la ausencia de adecuada refrigeración (ventiladores, aires acondicionado, etc. ), resulta imposible el dictado de clases en muchos establecimientos de la Región, razón por la cual se hace obligatorio la suspensión de actividades.
Ahora bien, desde estas Entidades Gremiales se denuncia la extrema situación imperante, y si bien el Reglamento de Instituciones Educativas en su art. 195 ss y cc , permite la suspensión por decisión del directivo, resulta imperiosa una medida de alcance general, que impida unas situación de discriminación y entorpecimiento de derechos.
Asimismo, se necesita disponer la unificación de criterios para evitar situaciones de desigualdad.
Debemos destacar que la suspensión de actividades con motivo de las altas temperaturas, encuentra fundamento en las inadecuadas condiciones del Establecimiento y de las instalaciones, circunstancia que imposibilita el dictado de clases, produciendo un riesgo latente y real de provocar descompensaciones en docentes y alumnos.
Aunque parezca una verdad de perogrullo, las razones de profilaxis tenidas en mira para ordenar la suspensión, impiden la permanencia de los alumnos en la Institución, y claramente también de todo el personal de la escuela, por encontrarse expuestos a los mismos riesgos.-
Conforme a lo expuesto, corresponde la suspensión tanto para alumnos como para docentes, y esta afirmación no puede ni debe relacionarse con no querer cumplir con el trabajo que corresponde, sino con la protección a la salud de los trabajadores que obliga al empleador la Ley de Higiene y Seguridad nº 19587, entre otras normas,
Por lo expuesto, solicitamos la inmediata suspensión de actividades en todos los Establecimientos debido a que las condiciones climáticas no son las apropiadas para la presencialidad, tanto para alumnos como para el personal docente, haciendo responsables al cuerpo de Inspectores del distrito, a las autoridades regionales y provinciales por todo daño que pudiera producirse en la salud de alumnos y docentes de no disponerse la suspensión pedida.
16.5ºc