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La Suprema Corte suspendió la suba de tasas en Chacabuco

El máximo tribunal bonaerense hizo lugar a una medida cautelar presentada por concejales y contribuyentes opositores sobre la Tasa de Salud creada también en Bragado.

24/05/2026
La Suprema Corte suspendió la suba de tasas en Chacabuco

La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires resolvió suspender provisoriamente los efectos de las ordenanzas Fiscal, Impositiva y de creación de la nueva Tasa de Salud de Chacabuco impulsadas a  fines de 2025 por el intendente Darío Golia (Fuerza Patria).

La decisión fue adoptada este viernes en el marco de una demanda de inconstitucionalidad presentada por concejales opositores de UCR- Pro y La Libertad Avanza,  quienes cuestionaron el modo en que se votaron las normas durante la Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes.

El fallo corresponde a la causa “Orsini, Carlos Ignacio y otros c/ Municipalidad de Chacabuco s/ Inconstitucionalidad Ordenanzas N°10.866, 10.867 y 10.868”, y representa un fuerte revés judicial para el gobierno municipal, ya que la 

La controversia gira en torno al desempate realizado por el presidente del Concejo Deliberante mediante un “doble voto”, mecanismo que permitió alcanzar 18 votos afirmativos.

Sin embargo, según sostuvo la Corte, la Asamblea estaba integrada por 36 miembros y requería 19 votos positivos para aprobar válidamente las ordenanzas tributarias.

En ese sentido, el Tribunal afirmó que “la sola lectura” del acta y “la sencilla sumatoria de los votos” permiten advertir “en palmaria evidencia” que no se habría alcanzado la mayoría constitucional exigida.

La resolución además remarca que el presunto defecto “se sitúa en el origen mismo de las normas impugnadas”.

La decisión judicial llega luego de meses tensión política y cuestionamientos sobre el incremento de tasas municipales impulsado por el Ejecutivo local, especialmente por la incorporación de la nueva Tasa de Salud, uno de los puntos más discutidos del paquete tributario aprobado a fin de año.

La Corte consideró acreditada una “razonable probabilidad de éxito”

Uno de los puntos más contundentes de la resolución es que la Suprema Corte entendió que los demandantes cuentan con argumentos sólidos para sostener la inconstitucionalidad de las ordenanzas.

En el fallo, el Tribunal señaló que la parte actora tiene una “razonable probabilidad de éxito en el fondo de la cuestión”, expresión que jurídicamente implica que la demanda aparece, en esta etapa preliminar, como verosímil y consistente.

Para llegar a esa conclusión, los jueces recordaron antecedentes similares ya resueltos por la propia Corte bonaerense, especialmente el caso “Anaya”, donde se estableció que la “mayoría absoluta” exigida por la Constitución provincial debe computarse sobre la totalidad de integrantes de la Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes.

Otro caso similar dictaminado por la Corte es el de la Tasa de Servicios Esenciales en Azul que finalmente el municipio optó por dejar de cobrar ante la judicialización.

Suspensión provisoria de la Tasa de Salud y del esquema tributario

Como consecuencia de la cautelar, las ordenanzas quedaron suspendidas provisoriamente para los actores hasta que exista una sentencia definitiva sobre la constitucionalidad del procedimiento.

En términos prácticos, la Corte dispuso que la nueva Tasa de Salud creada por la Ordenanza 10.867 resulte “inexigible” para los demandantes mientras dure la medida.

Además, el resto de los tributos municipales alcanzados por la controversia volverán a regirse por las ordenanzas vigentes antes de la Asamblea del 30 de diciembre de 2025.

El Tribunal aclaró igualmente que la medida no implica todavía una decisión definitiva sobre el fondo del asunto, aunque sí reconoció que el cuestionamiento presenta “suficiente gravedad constitucional” como para justificar la suspensión inmediata de las normas.

Un fallo con fuerte impacto político y fiscal

La resolución de la Suprema Corte introduce un escenario de alta incertidumbre para la administración municipal, ya que pone bajo cuestionamiento la legalidad del esquema tributario aprobado para 2026.

Aunque inicialmente no tenga impacto económico,  el fallo deja una definición política relevante: la Corte bonaerense consideró que el eventual vicio constitucional afecta “el origen mismo” de las ordenanzas y podría volver inválidos todos los actos dictados en su consecuencia.

La discusión ahora continuará en el trámite principal de la causa, donde el máximo tribunal provincial deberá resolver definitivamente si las ordenanzas fueron sancionadas conforme a la Constitución o si, por el contrario, corresponde declarar su nulidad.

Fuente Infocielo

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