Promulgaron la Ley de Inocencia Fiscal: elevan a $100 millones el piso para la evasión simple y limitan las denuncias penales
El Gobierno oficializó la Ley 27.799, que modifica sustancialmente el Régimen Penal Tributario. La norma actualiza los montos de punibilidad, permite extinguir la acción penal mediante el pago de la deuda y crea una declaración jurada simplificada para el Impuesto a las Ganancias.
El Gobierno nacional promulgó este viernes la Ley 27.799, denominada de "Inocencia Fiscal", la cual introduce cambios profundos en la relación entre el fisco y los contribuyentes al elevar drásticamente los umbrales para que una infracción sea considerada delito. Según la norma publicada en el Boletín Oficial, el piso para la evasión simple pasa de $1,5 millones a $100 millones, mientras que para la evasión agravada el monto salta de $15 millones a $1.000 millones. Asimismo, se establece que a partir de 2027, todos los valores del régimen penal se actualizarán anualmente de forma automática por la variación de la UVA.
La reforma también ofrece nuevas vías para evitar o cerrar conflictos judiciales. Se establece que la administración tributaria no realizará denuncia penal si el contribuyente cancela la deuda y sus intereses antes de la acusación, un beneficio que podrá utilizarse una única vez. En caso de que la causa penal ya esté iniciada, la acción se extinguirá si el imputado abona el total reclamado, los intereses y un recargo del 50% dentro de los 30 días de notificado. Además, se limitan las denuncias por parte del organismo recaudador en casos de diferencias de interpretación normativa, cuestiones técnico-contables o cuando el contribuyente haya explicitado previamente su criterio de liquidación.
Otro punto destacado es la creación de un régimen opcional de declaración jurada simplificada del Impuesto a las Ganancias, orientado a personas humanas con ingresos de hasta $1.000 millones y patrimonio de hasta $10.000 millones. Bajo este esquema, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero confeccionará la declaración en base a la información disponible; si el contribuyente la acepta y paga, quedará liberado de acciones civiles, penales y administrativas por ese período, salvo que posteriormente se detecten omisiones graves o el uso de documentación apócrifa.
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